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A las 12 de la medianoche y a pocos minutos de haberse aprobado en segunda discusión la controvertida Ley Orgánica de Educación, la Asamblea Nacional inició la segunda discusión de la Ley de Tierras Urbanas
Luego de casi 3 horas se aprobaron sus 36 artículos en el marco de un debate en el que no participaron ni Podemos ni el Frente Humanista, este instrumento legal será remitido al Ejecutivo Nacional para su promulgación.
A tan solo 20 minutos de la discusión, ya se habían aprobado 14 de los 36 artículos.
El artículo 16 establece que las tierras urbanas con edificaciones que estén en ruina, con fallas de construcción o declaradas inhabitables deberán ser enajenadas (vendidas) al Estado. En este sentido, se eliminó el epígrafe en el que se incluían las edificaciones con más de 60 años como propiedades susceptibles de intervención.
Al llegar al artículo 20 se presentó un desacuerdo entre los diputados. Oscar Figueras, del PCV, y Carlos Escarrá, del PSUV, se abstuvieron de aprobar este artìculo, referido a las condiciones para determinar el precio de un inmueble (clase, calidad, situación, dimensiones).
Consideraron que es incompatible con el socialismo y con lo planteado en el artículo 19, que equipara el precio de las tierras urbanas sin tomar en cuenta el sector en el que se encuentren. El PPT también se abstuvo en este artículo, por lo que se acordó redactarlo de nuevo con la Comisión.
El instrumento legal será remitido al Ejecutivo Nacional para su promulgación
El artìculo 31 se discutió por más de media hora, pues los diputados consideraban que su redacción era confusa. El referido artículo afirma que las tierras urbanas que estén siendo objeto de medidas judiciales no podrán ser declaradas sin uso, sino que podrán ser ocupadas temporalmente.
La diputada Iris Varela cuestionó el artículo 31 por considerarlo inconstitucional. Dijo que se puede ocupar una tierra temporalmente en espera de una decisión judicial. El artículo fue aprobado, de forma tal que las tierras en espera de decisión judicial pueden ser ocupadas previamente dada la "urgencia" del caso.
En su exposición de motivos, se afirma que la Ley de Tierras Urbanas busca "regular el uso y la tenencia de tierras urbanas aptas para el desarrollo de programas sociales de vivienda y hábitat, a los fines de establecer las bases del desarrollo urbano y la satisfacción progresiva del Derecho a la vivienda digna en las zonas urbanas".
El gobierno, a través de los órganos competentes, decidirá cuáles tierras se pueden intervenir.