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Reforma de ley comunicacional es una regresión

10/10/2016 22:20 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Oct 10, 2016 1

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La Asamblea Nacional (AN) aprobó el jueves 29 de septiembre el Proyecto de Reforma Parcial de la Ley de Telecomunicaciones, que entre sus aspectos fundamentales reduce las facultades del Ejecutivo para controlar las telecomunicaciones y procura evitar que de forma discrecional se ejerza la regulación del espectro radioeléctrico en Venezuela, que es potestad del Gobierno, de acuerdo con el ordenamiento legal vigente.

Esta decisión del Poder Legislativo había sido una de las principales promesas de la bancada opositora, que es mayoría en el Parlamento tras el triunfo obtenido en las elecciones parlamentarias del pasado 6 de diciembre.

Luego de la decisión, el diputado de Primero Justicia, Juan Pablo Guanipa, presidente de la Comisión de Medios de la AN, quien fue uno de los principales promotores de la referida reforma, argumentó que "esta es una ley que garantiza la libertad de información que todos deseamos. Pone fin al chantaje y las presiones que el Gobierno ha ejercido sobre los medios que no lo favorecen".

Durante y después del debate que se dio en el Hemiciclo de Sesiones del Palacio Legislativo, parlamentarios del Bloque de la Patria y defensores del derecho a la comunicación denunciaron que este instrumento se aprobó de manera ilegal e inconsulta, sin escuchar la opinión del pueblo.

El diputado y periodista del Gran Polo Patriótico, Earle Herrera, aseguró que se trata de un recurso para restaurar los viejos vicios de la Cuarta República.

"La reforma aprobada por AN busca restaurar el puntofijismo mediático y comunicacional en Venezuela", expresó.

Añadió Earle Herrera que por si esto fuera poco, durante la celebración de la sesión en la que se generó la segunda discusión y sanción de la citada reforma, se incurrieron en varias violaciones al Reglamento Interior y de Debates del Poder Legislativo.

"Esta ley, impulsada por una Asamblea en desacato, sin quorum reglamentario, es nula de toda nulidad, que busca que los dueños de medios puedan despachar y darse vuelto", sostuvo al respecto.

El diputado aseguró que, gracias a la llegada de la Revolución Bolivariana se reivindicó el carácter democrático del uso de los medios de comunicación.

"El espectro radio electromagnético es propiedad del pueblo venezolano y lo administra el Estado; ellos quieren la privatización de un bien nacional para convertirlo en una mercancía", dijo.

Por su parte, el presidente de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), William Castillo, enfatizó esta nueva arremetida de la derecha contra los derechos del pueblo representa una "barbarie jurídica y torpeza política".

Asimismo aseveró que "la Reforma de la Ley de Telecomunicaciones es una amnistía para los medios que están fuera de la ley".

Denunció sobre el particular que "hay un sector en el país comprometido con la desestabilización y que ahora quieren evitar que sean sancionados, buscando el regreso del latifundio mediático".

ARTÍCULOS REFORMADOS

El artículo 5 de la ley vigente declara de interés y servicio público el establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones y la prestación de servicios de telecomunicaciones, entre ellos, radio, televisión y producción nacional audiovisual.

Asimismo, el artículo 21 de la ley vigente estipula que "la duración de las habilitaciones administrativas no podrán exceder de quince años"; mientras que reforma extiende el plazo a 20 años y prevé la renovación automática.

En el artículo 22 vigente se reserva el siguiente derecho a Conatel: "El órgano rector podrá, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la nación, o cuando así lo exigiere el orden público o la seguridad, revocar o suspender las habilitaciones administrativas, concesiones o permisos". Pues en la reforma se suprime este párrafo para evitar que el órgano actué en casos de emergencias o desastres. El Gobierno pierde poder discrecional al no poseer la facultad de revocar o suspender las habilitaciones o concesiones cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la nación.

La reforma al artículo 35 pretende deslindar a Conatel del Ministerio de Comunicación e Información (Minci), con el propósito de atomizar la estrategia comunicacional.

"Estará adscrita a un órgano rector a los solos efectos del control de tutela administrativa. Dicho órgano de control será distinto a aquel del cual dependan empresas de telecomunicaciones del Estado o esté encargado de la comunicación, información y oficial del Poder Ejecutivo". Es decir, el Minci y Conatel trabajarán de manera separada.

En el artículo 40 se norma lo siguiente: "Los miembros del Consejo Directivo serán designados por el presidente de la República y ratificados por la Asamblea Nacional antes de asumir sus funciones. La Asamblea Nacional podrá objetar en forma razonada la designación de cualquier director, ante lo cual el Presidente de la República deberá designar a un nuevo candidato al cargo".

Esto significa que los miembros del Consejo Directivo de Conatel son elegidos por el Presidente de la República, pero a su vez deben ser ratificados por la Asamblea Nacional, usurpando de esta forma funciones del Ejecutivo.

Con la reforma al artículo 43 no solo usurpan las facultades del presidente de la República, sino que van en contra del derecho civil de las personas a militar en determinada organización política, agregando una prohibición a los futuros miembros.

"Haber sido militante de un partido o agrupación política dentro de los cinco años anteriores", precisa el texto reformado al respecto, lo que constituye una restricción ilegal al ejercicio de los derechos políticos y una contravención de principios constitucionales.

En la reforma del artículo 168 se señala que "a los efectos de la imposición de las multas a las que se refiere esta ley, se consideran situaciones atenuantes y se reducirán las sanciones en un tercio".

En este caso el texto en cursiva no aparece en la ley vigente y supone que si alguien infringe la ley y se declara culpable, tendrá el beneficio de reducción de la multa a un tercio de su valor original.

La reforma, en el artículo 206, coloca al Presidente de la República ante la imposibilidad de hacer uso de

su derecho (de él y del pueblo) a convocar cadenas de radio y televisión, puesto que "queda prohibido y será sancionado el uso de las alocuciones y mensajes oficiales previstos en este artículo para fines partidistas, proselitistas y de propaganda".

Esto se traduce en un acto de censura previa al Presidente, en clara violación de los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela mediante restricciones directas al ejercicio de su propio derecho a la libertad de expresión y la obligación de rendición de cuentas al pueblo.

La reforma establece que los prestadores de servicios de producción nacional, audiovisual o sonora, no requerirán de habilitación administrativa para realizar actividades económicas, por lo tanto, no están sujetos a las condiciones y limitaciones impuestas por la ley.

Esto determina que no so servicios ni actividades de telecomunicaciones y por tanto quedarán excluidos de la aplicación de tributos previstos en esta ley. Los servicios y actividades de producción sonora y producción audiovisual (la venta de producciones de radio, televisión y obras audiovisuales en general) y el desarrollo y la venta de software y aplicaciones para redes de telecomunicaciones.

Desregular la actividad implica no pagar ningún tipo de contribuciones, impuestos o tributos. La concesión es entendida como una extensión de su propiedad privada (empresarios) y no como un permiso con tiempo de caducidad otorgado por el Estado que amerita su renovación o no.

¿EN QU? NOS PERJUDICA LA REFORMA?

Con esta reforma legislativa se pierden reivindicaciones conquistadas, pues se afecta el derecho humano a la comunicación, la democratización y el acceso igualitario a las telecomunicaciones, debilitando la función equilibradora del Estado y entregándole dicho poder al sector privado y los grandes empresarios capitalistas.

Se elimina, asimismo, la noción de las telecomunicaciones como servicio e interés público. En la ley el interés de una empresa privada es equivalente al de sus usuarios o al del Estado. Lo público se disuelve ante el poder del privado.

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DEBILITAMIENTO DEL ESTADO

Con la reforma se reducen y eliminan funciones esenciales de regulación que hoy están en manos del Estado a través de Conatel, con el fin de evadir responsabilidades fundamentales de las empresas privadas como son: el pago de tributos y la calidad de servicio.

Se despoja además al Poder Ejecutivo del control de Conatel, transfiriendo dicho control a la Asamblea Nacional.

De esta forma, Conatel pasa a ser de autoridad autónoma a una suerte de Dirección General de la Asamblea Nacional.

Igualmente se excluyen servicios como los de producción audiovisual de la regulación y se reducen obligaciones tributarias a las empresas, perjudicando los ingresos del Fisco Nacional.

También se dicta una intervención sobre el organismo regulador que excede las competencias de la Asamblea Nacional y se establece como delito, con una pena de hasta cinco años de cárcel, al funcionario que supuestamente entrabe dicha intervención.

PÉRDIDA DE DERECHOS POLÍTICOS

Otro de los aspectos clave que implica la referida reforma legislativa es su aspecto regresivo en cuanto a los derechos políticos de los ciudadanos y ciudadanas.

Se aplica censura previa al Presidente de la República, limitando su derecho a comunicarse con el pueblo a través de los sistemas de telecomunicaciones.

Se decide de qué puede o no puede hablar el Presidente en transmisiones conjuntas.

De acuerdo con el nuevo contenido, se elimina el derecho político que tiene cualquier ciudadano al libre desenvolvimiento, al trabajo, y se practica la discriminación al establecer que no puede ejercer el cargo de director o directora general de Conatel un integrante de un partido político.

GOLPE A LA COMUNICACIÓN POPULAR

Uno de los logros fundamentales de la Revolución Bolivariana, tras su arribo al poder en 1999, fue revertir los privilegios que disfrutaban los sectores poderosos en el sector comunicacional, con la consecuente limitación a la mínima expresión del acceso a los medios.

La iniciativa del Comandante Eterno, Hugo Chávez, de propiciar la participación popular a través de la prensa, radio, redes y televisión constituyó uno de los mayores obstáculos con los que tuvo que luchar en virtud de la enorme afectación que ello implicaba para los intereses de los grupos económicos y políticos.

La reforma legal, a la que el Bloque Parlamentario de la Patria denominó Ley Curda, persigue la comunicación popular al reducir el ámbito de cobertura de los medios comunitarios y regular de forma autoritaria los contenidos de su programación.

Igualmente abre las puertas a una política de persecución y cierre de los medios alternativos comunitarios, impulsados gracias al presidente Hugo Chávez, como un pilar para fortalecer la participación ciudadana y consolidar el Poder Popular.

DE VUELTA A LA PRIVATIZACIÓN

La reforma telecomunicacional aprobada por el Poder Legislativo sienta las bases para retornar a la figura de la privatización que signó el modelo neoliberal aplicado en la Cuarta República.

Se regala un patrimonio propiedad de los venezolanos y venezolanas, que es el espectro radioeléctrico, a un grupo reducido de operadores privados y empresarios.

Otorga igualmente a los empresarios privados de la comunicación el derecho a autorenovar de manera automática las concesiones y habilitaciones.

La ley permite que los empresarios decidan por su cuenta la duración de las concesiones y habilitaciones sin necesidad de rendir cuentas al Estado.

Se regresa al estado de anomia jurídica, ausencia de regulación y anarquía anterior al año 2000, lo que significa una involución jurídica para favorecer a un grupo de empresarios aliados y financistas de los diputados opositores que conforman la Asamblea Nacional.

CONCLUSIONES PARA LA REFLEXIÓN

Con la reforma a la Ley de Telecomunicaciones aprobada por la Derecha venezolana en la Asamblea Nacional, a espaldas del pueblo, se afecta un conjunto derechos esenciales y constitucionales de los venezolanos y se borran de un plumazo logros sociales que han permitido fortalecer la democracia comunicacional durante los últimos 16 años.

Esta reforma está escrita por y para la clase alta, las élites tradicionales y los poderosos medios y empresas privadas y va dirigida a su exclusivo beneficio.

La reforma agrede y persigue la comunicación popular y no agrega un solo artículo que refuerce los derechos de la población venezolana, modernice o democratice las telecomunicaciones.

Se trata de una ley socialmente regresiva que pretende aplicar un retroceso de 20 años, cuando los propietarios de los medios y sus aliados políticos eran dueños absolutos del espectro radioeléctrico, bloqueaban el acceso de la sociedad a los instrumentos y medios de la comunicación y dominaban al Estado.

La modificación a esta ley es un atentado jurídico contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, afecta los derechos comunicacionales de todo el pueblo y autoriza la entrega de los recursos públicos a los privados, a través de un monstruo jurídico elaborado como una colcha de retazos sin coherencia, conocimiento ni sentido ético.

La Ley de Telecomunicaciones, en los términos actuales, es producto de la borrachera y el festín del poder con que la oposición dirige la Asamblea Nacional.

Revolucionarios rechazan la modificación de la norma

Una vez aprobada la Reforma Parcial de la Ley de Telecomunicaciones, el Estado Mayor de la comunicación rechazó la actuación del Parlamento y la Comisión de Medios sobre la reforma a la Ley de Telecomunicaciones del año 2000.

"Quisimos expresar una opinión, como voceros del Estado Mayor de Comunicación, sobre la última actuación de la Asamblea Nacional con relación al tema de la libertad de expresión y el derecho a la información veraz y oportuna", expresó la diputada Tania Díaz.

En este sentido, la parlamentaria del Bloque de la Patria aseguró que en la sede de la Asamblea Nacional se produjo un golpe al Estedo de derecho.

"Denunciamos que se produjo un 'carmonazo' parlamentario, cuando los diputados y diputadas de la derecha aprobaron esta ley de manera ilegal en tres sentidos: en primer término, porque la Asamblea Nacional está sesionando a espaldas del resto de los poderes y a contrasentido de la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que le ordenó ponerse a derecho y acatar un dictamen de ese máximo tribunal con relación a la incorporación ilegal de tres ciudadanos que no han sido proclamados como diputados", comentó.

Díaz resaltó que "la segunda es que la sesión se produjo sin el quorum reglamentario y los parlamentarios de la derecha negaron la posibilidad al Bloque de la Patria de hacer el conteo reglamentario del quorum para ver si estaba ajustado a derecho la votación de esta ley y la discusión en general de la sesión del día jueves pasado".

Asimismo, la diputada socialista denunció que esta decisión se hizo a espaldas de los diversos sectores que hacen vida dentro de la Asamblea Nacional.

"Y la tercera ilegalidad, es la más grave y está contenida en el articulado de esta ley que denunciamos, se hizo a espaldas de diversos sectores que tienen que ver con el mundo de la radiodifusión, de la comunicación, se hizo a pedido de algunos sectores que hacen vida en el país y sin el debido procedimiento; esta ley se terminó de aprobar sin haber sido publicada como debe ser, ni siquiera en la web de la Asamblea Nacional", resaltó.

Díaz aseguró también que los diputados del Gran Polo Patriótico "no conocíamos el texto, porque la Comisión del Poder Popular y Medios de Comunicación, presidida por el diputado Tomás Guanipa, se negó hasta el último momento a entregarnos el texto definitivo y la razón la entendimos el martes pasado, cuando, a la carrera, incorporaron artículos directamente en la plenaria".

En este orden de ideas, la parlamentaria mencionó que esta reforma pretende echar para atrás derechos fundamentales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

"Lo más grave es que se trata de una reforma a la Ley de Telecomunicaciones que data del año 2000 y que pretende por la vía de la imposición, del desconocimiento de los avances de los derechos sociales y políticos de los venezolanos echar para atrás derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución", aseguró.

Finalmente, Díaz aseguró que "el principal elemento que pone al margen de la Constitución esta ley es cuando cambia la actividad de telecomunicaciones de un servicio de interés público, a un servicio de interés general".

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REINALDO J. LINARES ACOSTA/CIUDAD CCS


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fundacionlaplomada.blogspot.com
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Reportaje
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