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06/02/2023

Certificado de antecedentes penales solicitado por el empresario

El certificado de Antecedentes no Penales GRATIS es solicitado por el empleador en virtud del artículo 25 bis del Texto Refundido de la Ley de Registro de Antecedentes Penales con el fin de comprobar

la imposición de sanciones de inhabilitación para el ejercicio de actividades que impliquen contacto directo y habitual con menores, es decir, la inhabilitación perpetua para ejercer cualquier cargo en centros escolares de cualquier nivel y grado y para ejercer cualquier cargo o servicio en instituciones o instalaciones públicas o privadas frecuentadas mayoritariamente por menores, así como la aplicación de la medida de seguridad de la prohibición de realizar trabajos que impliquen contacto habitual con menores.

Debe solicitarse

por el empresario privado, entendido también como asociación/organización voluntaria

cuando se proponga emplear a una persona para realizar actividades profesionales o de voluntariado organizadas que impliquen un contacto directo y regular con menores.

La obligación de solicitar el certificado sólo surge cuando se va a celebrar un contrato de trabajo y no cuando se van a utilizar simples formas de colaboración. La solicitud no tiene que repetirse cuando expira la validez del certificado y no tiene que presentarse para las personas que ya estaban empleadas en la fecha de entrada en vigor de la legislación (6 de abril de 2014).

La solicitud debe ser presentada por el empresario, con un documento de identidad válido, o por una persona delegada por el empresario, utilizando el formulario 3BIS.

La solicitud puede presentarse en persona o por correo, en cuyo caso deberá adjuntarse una copia de un documento de identidad válido.

El certificado es válido durante 6 meses a partir de la fecha de expedición.

Costes:

- 1 timbre fiscal de 16 euros

- 1 sello de tasa de 7, 84 euros si el certificado se solicita con urgencia

- 1 sello de tasa de 3, 92 euros si el certificado se solicita sin urgencia

- Los casos de exención del impuesto de timbre se enumeran en el Decreto Presidencial 642/72, cuadro anexo B.

Por las administraciones públicas y los gestores de servicios públicos a los mismos efectos que los descritos para los empresarios privados y siempre en el caso de que se vaya a establecer una relación laboral con la persona.

La solicitud debe hacerse utilizando el formulario 6A ya en uso para las administraciones públicas.

Si las solicitudes de certificados se refieren a varias personas, puede utilizarse el denominado "procedimiento masivo/CERPA", mediante una solicitud especial que debe pedirse a la oficina local de antecedentes penales (véase la ficha informativa - Certificado de antecedentes penales para las administraciones públicas-CERPA).

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