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Sí a la Ley de Delitos Mediáticos - Por: Coronel (Ej.-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

12/08/2009 18:10 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

¡Sí a la propuesta hecha por la Fiscal General! Con esa ley se podría acusar a: Venezolana de Televisión y a Chavez, por infringir los artículos 4, 5, 6, 9, 10, 11 y 12 de la “Ley Especial de Delitos Mediáticos”

¡Sí a la Ley de Delitos Mediáticos!

Coronel (Ej.-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

¡Sí a la propuesta hecha por la Fiscal General! Con esa ley se podría acusar a:

A.- Venezolana de Televisión, el canal que era de todos los venezolanos por infringir los artículos 4, 5, 6, 9, 10 y 11 de la “Ley Especial de Delitos Mediáticos”, al:

1.- No informar en forma oportuna, veraz e imparcial las acciones tales como:

a.- invasiones de propiedades privadas,

b.- el elevado número de asesinatos que ocurren todos los fines de semana a nivel nacional y muy especialmente en la ciudad capital,

c.- los hechos acaecidos en Curiepe, El Guapo y otras poblaciones del país,

d.- las expropiaciones arbitrarias llevadas a cabo por funcionarios del gobierno,

e.- el asalto de las dependencias de salud, educación y policiales de las gobernaciones y municipios cuyos representantes no pertenecen al partido del gobierno,

f.- por hacerle creer al venezolano común que sí vive en un país que despegó hacia el desarrollo definitivo donde su bienestar y calidad de vida están garantizados, afectando de este modo su salud mental y moral al detectar, ese venezolano, que no puede conseguir un trabajo digno, obtener una vivienda digna, educar apropiadamente a sus hijos y alimentarlos adecuadamente, descubrir que el estado sólo pretende ejercer un control absoluto sobre todas las actividades y decisiones de su vida, que la atención de la salud no existe y que todo ello depende si vota por el gobierno o en contra de él.

2.- Mantener una constante coacción a través de programas, propios y de productores independientes, en los cuales se expone al escarnio público a personas naturales o jurídicas, con el propósito claro de intimidarlas e infundirles temor para que se adecuen a las directrices que emanan del gobierno central.

3.- Negarse a informar sobre las acciones de protesta en contra del gobierno por:

a.- su incumplimiento de promesas hechas en un arrebato demagógico;

b.- su incumplimiento y la negativa de los entes del Estado para firmar los contratos colectivos con sus trabajadores;

c.- obstaculizar la labor informativa de otros medios de comunicación social;

d.- no informar oportuna y verazmente sobre catástrofes naturales;

e.- el deterioro masivo de los centros de salud, desde los niveles Barrio Adentro Centros de Diagnóstico Integral y hospitales;

f.- el hacinamiento y la vida infrahumana de las cárceles.

4.- Promover, a través de las transmisiones de programas propios, de productores independientes y del Presidente de la República, la guerra, la violencia, el odio y hostilidad entre los habitantes y colectividades, en razón de su ideología o militancia política.

B.- Al Presidente de la República, como cualquier otra persona (como lo es, al no estar excluido del cumplimiento de las leyes) que se expresa a través de todos los medios de comunicación, sean éstos impresos, televisivos, radiofónicos o de cualquier otra naturaleza e infringe los artículos 4, 5, 6, 9, 10, 11 y 12 de la “Ley Especial de Delitos Mediáticos”, al:

¡LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ES UN DERECHO Y JAMÁS PODRÁ SER CONCULCADO!

1.- Estimular, proponer y ordenar acciones destinadas al cierre de medios de comunicación con el propósito de anular el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial.

2.- Atentar contra la salud mental y moral de la población a través de sus interminables cadenas y mensajes propagandísticos, creando con ellos una sensación de seguridad y prosperidad inexistentes.

3.- Falsear las informaciones y datos que dan cuenta de la alta criminalidad en el país (que se ve reflejada con los innumerables asesinatos, robos, atracos, invasiones de propiedades, secuestros y tráfico de drogas) con el propósito de hacer creer al país y a la comunidad internacional que “su revolución” ha generado confianza, seguridad física y jurídica y que el país marcha hacia un mejor futuro que sólo él y sus acólitos ven y ya disfrutan.

4.- Divulgar noticias falsas sobre magnicidios en su contra, creando con ello una grave alteración en la tranquilidad pública, pánico y zozobra en la población.

5.- Manipular información noticiosa para generar una falsa percepción de los hechos y crear una matriz de opinión en la sociedad, tal y como sucede con su aquiescencia al tráfico de armas y apoyo a organizaciones terroristas extranjeras y nacionales, así como a las que se dedican al narcotráfico.

6.- Amenazar, intimidar, coaccionar, infundir temor a través de sus programas mediáticos y cadenas de radio y televisión, con el propósito de evitar las críticas y el desenmascaramiento de sus planes demagógicos y la grosera corrupción incrustada en todos los niveles de la administración pública que dependen directamente de él.

7.- Negarse a informar a los venezolanos sobre la verdadera situación económica del país, dando origen con esa acción a una sensación de falso bienestar y seguridad.

8.- Promover constantemente la guerra al hacer denuncias infundadas de invasiones militares por otros países, adquisiciones desmedidas e inconsultas de material bélico que promueven inquietud en los países limítrofes.

9.- Promover el odio y la hostilidad entre los venezolanos en razón de diferencias ideológicas.

10.- Amenazar y coaccionar constantemente a los medios de comunicación con el propósito de obstaculizar su libre funcionamiento, lesionando el derecho a la información veraz, oportuna e imparcial del cual son titulares todos los ciudadanos

Si esta ley existiera, ¿estaría en “operación” el canal que era de todos los venezolanos?, ¿estaría el Presidente ejerciendo su cargo?, ¿a cuántos años de prisión habría sido sentenciado?

¡Claro, insisto, en caso de existir esa ley, esas sanciones sólo serían posibles en un verdadero Estado donde la justicia y los tribunales, no estuvieren subordinados a la persona que ejerce el Poder Ejecutivo!

Sin embargo, tenemos que estar conscientes de algo: es preferible que los inadaptados mencionados sigan en libertad por falta de esa ley porque ¡LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ES UN DERECHO Y JAMÁS PODRÁ SER CONCULCADO!

Para castigar a los hampones y expoliadores del país existen otras leyes y que algún día los alcanzará con todo su rigor.

¡Amén!

Agosto, 10 de 2009

Texto de la propuesta de ley:

http://www.tecnoiuris.com/venezuela/hemeroteca/derecho-penal/proyecto-de-ley-especial-contra-delitos-mediaticos.html


Sobre esta noticia

Autor:
Oswaldo Martinez (270 noticias)
Visitas:
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Tipo:
Opinión
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Distribución gratuita
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