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PARA MIS ALUMNOS DE FILOSOFIA DEL DERECHO: Un tema de actualidad: Bioética: LA EUTANASIA, ¿Una solución o un delito?
No es fácil ver sufrir a un ser querido
Etimológicamente Eutanasia significa "buena muerte", lo cual proviene del griego eu (bien, bueno) y thanatos (muerte), lo que se puede entender y conocer popularmente como "agonía serena o muerte dulce, muerte por piedad". En un sentido más técnico sería "muerte sin sufrimiento ocasionada a quien padece una enfermedad incurable o dolorosa". Es la muerte provocada por propia voluntad y sin sufrimiento físico, en un enfermo incurable, a fin de evitarle una muerte dolorosa. La práctica consiste en administrar las drogas, fármacos u otras sustancias que alivien el dolor del paciente aún que con ello se abrevie la vida de este. Caen fuera de este concepto las muertes causadas a enfermos ancianos, enfermos mentales y otras muertes como homicidio y asesinato, tampoco se considera Eutanasia, no aplicar al enfermo incurable un medio extraordinario de costo muy elevado o de tecnología sofisticada que pueda procurar el alargue de la vida del paciente, pero no su curación.
Es indudable que el primordial derecho que puede asistir hoy a todo ser humano es el de la vida, pero cuando este derecho se ve afectado por unas lamentables condiciones de salud, cabe preguntarse si se está cuidando la vida o prolongando la agonía que nos puede llevar a la muerte. El mismo paciente puede inducirse la muerte sin el conocimiento ni la cooperación de otras personas. Puede también ser provocada por otros a petición del enfermo o con su consentimiento. En todos estos casos se habla de Eutanasia voluntaria. Si se causa la muerte contra la voluntad del paciente o sin su consentimiento, hablamos entonces de una Eutanasia involuntaria. Estos medios con los cuales se causa la muerte pueden coincidir todos en una intervención positiva, por ejemplo, en una sobre dosis de píldoras conciliadoras del sueño o en otra clase de medicinas, o una inyección de cloruro de potasio, que cause de inmediato la muerte. A veces se usa el término "dar una muerte piadosa" para esta clase de intervención. Con todo, lo normal es que se le llame Eutanasia positiva, activa, o directa. En cambio se llama Eutanasia negativa, pasiva o indirecta a la omisión de un tratamiento eficaz, o sea, al hecho de no prolongar el proceso de morir por medio de máquinas o aparatos que mantiene la vida del paciente, como por ejemplo, el respirador artificial.
MUERTE SIN DOLOR
Yo creo que es uno de los términos más apropiados que se le puede dar a la Eutanasia, ya que por lo que he podido constatar en la investigación para este ensayo, es que dentro de los propósitos de la Eutanasia esta el hacer de la muerte de un paciente terminal algo lo menos doloroso posible, teniendo en cuenta que dicho paciente ya no tiene esperanzas de vida, y ha debido aguantar todo el sufrimiento que conlleva una enfermedad de dichas características, por lo que se trata de acabar lo más pronto posible con tales padecimientos y procurar al paciente una muerte que sea algo así como una liberación de los calvarios soportados en vida, por lo cual es correctamente llamada una muerte sin dolor, ya que como explique antes y a mi parecer se trata de liberar al paciente de su sufrimiento, por medio de algún método que no le produzca dolor.
¿Es JUSTO dejar morir a un paciente incapaz de tomar decisiones?
Sí, un paciente terminal, en buenas condiciones mentales, puede lícitamente rehusar un tratamiento inútil, las personas responsables de un paciente inepto mentalmente deben poseer tal derecho. En el caso de menores de edad, la práctica médica reconoce el derecho de los padres a rehusar un tratamiento inútil. Sin embargo, se han dado un buen número de casos en los que el hospital ha rechazado la decisión de los padres, y ha recurrido a los jueces para obtener la autorización de un tratamiento.
LA IGLESIA QUE DICE
En un mensaje de su Santidad el Pío XII, dirigido a un grupo de anestesiólogos el 24 de noviembre de 1957 hizo énfasis en el derecho que asista a todo ser humano de morir dignamente. Se valió de los términos utilizados entonces de medios ordinarios y extraordinarios, y enseñó con acierto que no existe obligación de usar medios extraordinarios para conservar la vida.
El 5 de mayo de 1980 la Santa Sede promulgó un documento con el título: "Declaración sobre la Eutanasia". Aquí se repite la doctrina tradicional de la Iglesia Católica expuesta por Pío XII y luego la aplica a las condiciones actuales. Allí se afirma:
"No se puede imponer a nadie la obligación de recurrir a un tipo de tratamiento que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de peligro o es demasiado costoso. Su rechazo no equivale al suicidio; significa más bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta en práctica de un procedimiento médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a la familia o a la comunidad".
Entonces: ¿Quién debe tomar la decisión?
De acuerdo con el orden de la naturaleza, tal derecho corresponde a aquellos que tienen el deber de velar por tal persona. Tales son los miembros de la familia, los padres, los cónyuges, hijos y parientes cercanos. Este derecho no pertenece a las autoridades públicas, ya que, los ciudadanos no son propiedad del Estado. De acuerdo con el principio de subsidiaridad, las autoridades públicas poseen tal derecho y tal deber sólo cuando no existen miembros o deudos competentes de la familia que ejerciten este derecho.
Santa Sede, "Declaración sobre la Eutanasia", Roma, 5 de mayo, 1980.
EN RESUMEN:
Hoy día, gracias a los avances de la medicina se consigue alargar significativamente la vida de los pacientes, pero no siempre se tiene en cuenta la voluntad de estos, ocasionándoles con esa continuación una vida llena de graves padecimientos. Junto a los avances de la medicina encontramos que los ordenamientos jurídicos se esfuerzan en proteger la vida humana de tal modo que quede por encima de otros valores jurídicos. Se puede decir que no hay ningún Estado en el que esté legalizada la Eutanasia voluntaria activa, como mucho encontramos atenuaciones para las penas de los autores de la misma. Pero lo que sí ocurre es que, en ocasiones, los tribunales no han sancionado a estos ejecutores, siempre que la persona que fue objeto de la eutanasia consintiera voluntariamente o se tratase de personas mantenidas artificialmente con vida. Si se analiza la situación de las personas que solicitan la práctica de la eutanasia, nos encontramos, además de al paciente, a los familiares del mismo y a los médicos que les atienden. En cuanto a los familiares, son ellos muchas veces los que solicitan que no se siga manteniendo con vida a sus seres queridos cuando la situación en la que ven que se encuentran tan sólo alarga sus sufrimientos innecesariamente. En cuanto a la postura de los médicos, en muchas ocasiones se oponen a la práctica de la eutanasia, bien por ir en contra de sus convicciones o bien por miedo a las consecuencias legales. Muchos de estos problemas se evitarían si se admitiese la validez de los testamentos EN VIDA (Esta es mi Voluntad), ya que, en ellos se expresa la voluntad del paciente, evitándose así que deban ser otras personas, como los familiares, a los que se somete a una situación muy dolorosa, las que decidan por ellos.
Como opinión personal me gustaría agregar que cada persona debe tener derecho a dirigir su vida hasta el final y a decidir en cualquier momento lo que más le conviene. No se puede admitir la existencia del derecho al libre desarrollo de la personalidad para luego anularlo en un momento concreto de la vida del ser humano como en este caso, al final de la misma, porque aunque sea el final de la vida sigue siendo vida y por lo tanto el ser humano tiene también en ese momento el derecho a dirigirla. El paciente es el único que debería decidir sobre la interrupción o prolongación de la vida, en el caso de que se encuentre en condiciones para hacerlo, pero para ello debe estar correctamente informado de su estado de salud y de las posibles alternativas. Esto es algo que forma parte de los derechos de la persona ya que la petición de la eutanasia es una decisión íntima que depende de la consideración de la vida que tenga cada persona.
Personalmente estoy a favor de lo expuesto anteriormente, aunque comprendo la complejidad de la cuestión y la gran cantidad de intereses en colisión, pero creo que los seres humanos deben ser dueños de sus actos y que cada uno de nosotros es capaz de decidir qué hacer con su vida en cualquier momento. Si con 18 años se considera a una persona lo suficientemente madura para manejar su vida y aceptar la responsabilidad de sus actos, ¿por qué no va a serlo después, cuando ya ha adquirido madurez?
DOBLE MORAL
Por otro lado, si el suicidio no está penado, no parece muy coherente que sí castigue a quien auxilie a un suicida porque realmente está cumpliendo los deseos de éste. Sin embargo, resulta complicado saber si realmente se están cumpliendo los deseos de la otra persona porque el consentimiento puede ser revocado en cualquier momento y en consecuencia el enfermo podría arrepentirse en el último momento y renunciar a su derecho a morir.